Muchos esperan el reparto de utilidades 2019, así como lo hacen con el aguinaldo en diciembre. Sin embargo, generalmente se desconocen los detalles de cómo se calculan, quiénes tienen derecho a recibirlo o qué se puede aprovechar mejor este dinero. Por ello, es importante que tengas toda la información tanto para asegurar que recibirás el pago en el periodo que te corresponde, como para detectar si tu empresa evade esta prestación.
Pero primero…
¿Qué es el Reparto de Utilidades?
También conocido como Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa (PTU), es un derecho constitucional que tienen los empleados para recibir una parte de las ganancias que logra una empresa o patrón. Dependiendo de algunos criterios que veremos más adelante, se puede determinar si el lugar donde trabajas califica para la entrega de utilidades o no
Además, te enseñaremos cómo calcular lo que te corresponde en utilidades, cuándo se deben depositar en tu cuenta y qué hacer en caso de no ser recibir el pago de utilidades.
¿Por qué se hace el reparto de utilidades?
Toda empresa que declara ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ganancias netas por arriba de los 300 mil pesos, está obligada a repartir utilidades a sus trabajadores.
De acuerdo con la autoridad fiscal, el reparto de utilidades, además de ser un reconocimiento a la labor de los empleados, impulsa la productividad como resultado del trabajo en equipo. Tanto trabajadores como empresarios se unen bajo el objetivo de alcanzar una prosperidad común.
¿Cuál es el fundamento legal del Reparto de Utilidades?
En caso de que quieras revisar el sustento legal que respalda esta prestación lo podrás encontrar en las siguientes fuentes:
- Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sección A, IX.
- Artículos del 117 al 131 de la Ley Federal del Trabajo.
- Publicación del Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 1996.
¿Qué empresas deben realizar el Reparto de Utilidades?
Aunque el reparto de utilidades es un derecho constitucional, la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece ciertas características bajo las cuales una empresa puede estar exenta de realizar el pago a sus trabajadores. Por lo tanto, si el lugar donde laboras cumple con uno de los siguientes puntos, no es obligatorio cumplir con el PTU.
- Se encuentra en su primer año de funcionamiento.
- Ha creado un producto nuevo en el mercado y se ubica en sus primeros dos años de operación.
- Es una empresa de la industria extractiva en la etapa de exploración. En cuanto realice la primera extracción se verá obligada a declarar impuestos.
- Es una institución sin propósitos de lucro y descentralizadas.
- Es una empresa que obtuvo una ganancia neta anual menor a los 300 mil pesos.
¿El Reparto de Utilidades es para todos los trabajadores?
Si el lugar en donde laboras no coincide con las características anteriores, entonces tú y el resto de los empleados tienen derecho al reparto de utilidades. Sin embargo, existen términos y condiciones para establecer si por tus actividades o antigüedad eres candidato para recibirlo este año.
Se toman en cuenta los siguientes puntos:
- Para los trabajadores de planta
Recibirán utilidades quienes tienen un contrato indefinido en la empresa, sin importar el número de días que llevan contratados.
- Cuando se trata de trabajadores eventuales
Se les otorgan utilidades siempre y cuando hayan laborado mínimo 60 días en un solo ejercicio fiscal (ejercicio fiscal se divide en períodos contables mensuales o trimestrales).
- Para los ex trabajadores de planta
Ya sea que fueron despedidos o que hayan renunciado voluntariamente, tienen derecho a recibir utilidades de acuerdo al número de días laborados durante el año fiscal (un año fiscal inicia el 1° de enero y termina el 31 de diciembre).
- Si se trata de ex trabajadores eventuales
Ya sea que fueron despedidos o que hayan renunciado voluntariamente y que el tiempo laborado fue cuando menos de 60 días de manera continua o discontinua.
- Riesgo de trabajo
Si durante el año pasado se tuvo algún percance que fue calificado y generó una incapacidad, o bien por períodos pre y post-natales, entonces no afecta el total del monto que recibirás como utilidad. Pero si la incapacidad temporal no calificó como riesgo de trabajo, entonces no serán considerados como días efectivamente laborados.
¿Quiénes no recibirán el Reparto de Utilidades?
- Directores, administradores y gerentes.
- Personal que cobra por honorarios.
- Personas contratadas de forma independiente.
- Trabajadores domésticos que su labor se lleve a cabo en casa habitación.
¿Cuándo se deposita el Reparto de Utilidades?
Todo depende de si estás trabajando para una persona moral o una persona física. En el caso de trabajar para personas morales se depositan antes del 30 de mayo y a más tardar el 29 de junio para las personas físicas.
Recuerda que las utilidades se pueden dar en una sola exhibición o también las pueden depositar en dos montos, pero siempre antes de la fecha previamente mencionada.
¿Cómo calcular cuánto te toca del Reparto de Utilidades?
Te recomendamos que el monto de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) lo consultes directamente con el departamento de finanzas de la empresa donde trabajas. Ese monto es igual a la ganancia neta de la empresa durante un año de operaciones. ¡Ah! Y recuerda que el monto final de la operación está sujeto a impuestos, por lo que se te deposita una cantidad menor.
PTU – 15 x Salario mínimo = Monto sujeto del ISR
$12, 000 – 15 ($ 80.04 )= $10, 799
¿Qué sucede si no se hace el Reparto de Utilidades?
Si no recibes utilidades, entonces puedes acercarte a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) donde se puede solicitar una inspección a la empresa donde laboras. No olvides estar seguro de que la empresa y tú cumplen con los requisitos para dar y recibir utilidades.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, la empresa que no cumpla con esta prestación, estando obligada a ello, podrá recibir multas mayores a 400 mil pesos.
¿Qué puedo hacer con el dinero del Reparto de Utilidades?
Independientemente de si es o no un monto alto de utilidades, sigue siendo una entrada de dinero extra. Piensa que tendrías que esperar otro año más para que ese dinero vuelva a aparecer, así que no te caería mal tomar una buena decisión financiera:
- Que sea el comienzo de tu ahorro
Está comprobado que abrir tu cuenta con una cantidad grande de dinero funciona mejor, pues te motiva.
- ¡Paga tus deudas!
Tal vez no se liquida la deuda por completo, pero verás que a futuro esa ayudadita tendrá mucho sentido para tus finanzas.
- Prepárate para días de austeridad y compra despensa
Cuida que sean únicamente productos NO perecederos, para que puedan mantenerse guardados. Aprovecha los clubes de precios, la idea es que con este abastecimiento extra, tu despensa no esté nunca vacía.
- Repara tu casa, auto o cualquier bien que necesite atención
Recuerda que más vale poner atención ahora que solo son reparaciones pequeñas.
- Invierte en tu educación o en la de tus hijos
Pagar un curso en línea no es mala idea, sobre todo si te brindan una certificación. También puedes comprar libros interesantes para ti o tus pequeños. Aumentar la lectura en México es todo un reto, sé parte de él.
- Emprende o invierte tu dinero
No vas a lanzar un negocio así nada más, pero sí puedes construir las bases. Por ejemplo, aprovecha este dinero para invertir, existen plataformas como La Tasa que ofrece rendimientos mejores a la banca.
Si te inclinas por emprender, es un excelente momento para contratar un servicio de contabilidad digital que te ayude a comenzar con el pie derecho.
Ahora que conoces la información más indispensable sobre el Reparto de Utilidades, ya puedes evaluar cuál es tu estatus como trabajador, así como el de tu empresa, y actuar en caso de que tus derechos no se cumplan.
ACTUALIZACIÓN 2020
Sobre el reparto de utilidades de 2020, ¿cuándo debo recibirlas? ¿cómo se calcula el reparto de utilidades 2020? ¿reparto de utilidades coronavirus? ¿Qué hacer en caso de no recibirlas?
¿Habrá reparto de utilidades 2020 por Coronavirus?
Recuerda que el reparto de utilidades son de las ganancias de 2019, por lo que la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) anunció que este año no pararán el reparto de utilidades.
¿Cuál es la fecha máxima para recibir pago de las Utilidades?
Según el comunicado de la PROFEDET, el plazo máximo para recibirlas es el 30 mayo para trabajadores que laboran para una persona moral (empresa), Y los que trabajar para una persona física (patrón), tienen que recibir el pago el 29 de junio.
¿Qué hacer si no recibo reparto de utilidades 2020?
Puedes hacer un reclamo de utilidades con la conciliadora que pone a tu disposición la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajador, en sus diferentes canales: 800 71 72 942 y 800 911 78 77 o al correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx