Administración financiera

¿Qué son los embargos judiciales?

EmbargosJudiciales

Con relativa frecuencia escucho comentarios respecto a que si no pagas la tarjeta de crédito, te pueden meter a la cárcel o te van a embargar la casa. Quizá el imaginario colectivo ha sido alimentado por las llamadas de los despachos de cobranza que amenazan con ese terrible castigo a los deudores. Sin embargo, es completamente falso que una deuda bancaria sea privativa de la libertad.

¿Qué dicen los expertos sobre el embargo?

Platiqué con Juan José Cerión Lee, Maestro en Derecho de la UNAM y abogado postulante en las áreas Mercantil, Civil y Familiar, para despejar cualquier duda con la ley en la mano. En efecto, tomó su Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que puedes consultar en diputados.gob.mx, y me leyó textual el último párrafo del artículo 17: “Nadie puede ser aprisionado por deudas de carácter puramente civil”. Esto significa: deudas de tarjetas de crédito, créditos personales, hipotecarios, entre otros.

Cerión Lee me dio una clase sobre cómo el desconocimiento de la Ley es lo que alimenta este tipo de temores infundados respecto a que los bancos podrían meter a sus deudores a la cárcel o embargarles la televisión y el refrigerador que no acabaron de pagar. “Eso sería sumamente complicado”, explica Cerión Lee.

Basta el sentido común para reflexionar sobre qué harían los bancos y las tiendas departamentales embargando todo aquello que el deudor ya no pudo liquidar. ¿Dónde lo almacenarían? ¿Qué beneficio tendrían en rematarlo? ¿Qué dice la Ley? Dependiendo el procedimiento, el deudor tiene el derecho a designar los bienes que han de embargarse y está amparado por la ley que no podrán tocar aquello que constituya parte de su patrimonio familiar.

Son juicios tan largos que quizá para las instituciones bancarias es más sencillo vender su cartera vencida a otras empresas encargadas de la cobranza y deshacerse del problema. Los deudores quizá solo deben estar alertas de no ser sorprendidos por malas prácticas de cobranza extrajudicial, mismas que pueden conocer en condusef.gob.mx. En toda notificación de un juzgado a tu domicilio, el actuario deberá identificarse plenamente. 

Me asustan los despachos de cobranza

Son las oficinas de cobradores contratados por las instancias que compraron cartera vencida quienes en ocasiones han atemorizado a los deudores que cayeron en una situación de insolvencia. Cirión Lee incluso comenta que inventan argumentos muy falsos aún cuando los préstamos bancarios son motivo de demandas civiles o mercantiles, pero no de carácter penal.

En un artículo de coru.com, explica que los casos penados con fraude son aquellos en los que se puede comprobar como tal ese delito y se convierten en un asunto penal porque existió dolo o clara intención de no pagar. Sin embargo, una situación de sobreendeudamiento es aquella en la que las personas dejaron de pagar por diversas razones como enfermedad, quiebra, desempleo o mala administración de sus recursos.

Si te encuentras en una situación de impago y ya comenzaron a llamarte de un despacho de cobranza con comentarios atemorizantes, lo primero es no caer en la provocación. No intimidarse. 

Buscar información ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef). Existe un Código de Ética para las compañías de cobranza que salvaguardan los derechos del deudor y que puedes consultar en condusef.gob.mx.
Tener información confiable para manejar de manera sana tus finanzas personales es el camino más certero para no exponerte a una situación de este tipo. Si ya estás con los cobradores encima, acude a una reparadora de crédito que cuenta con personal especializado en lidiar con estos despachos, pues seguro te ayudarán a despejar dudas y a recuperar tu tranquilidad.