Deudas

¿Te enfrentas a un despacho de cobranza? ¡Cuidado! Esto es lo que sí y lo que no pueden hacer

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Adquirir un crédito con algún banco, tienda departamental o cualquier otra institución financiera requiere de un compromiso para devolver el dinero prestado conforme a lo estipulado en un contrato, de lo contrario el deudor deberá enfrentar serias consecuencias.

Una de ellas es que comenzará a recibir llamadas y mensajes día y noche, al principio para conocer la razón del atraso en sus pagos y hasta ofrecerle diversas alternativas.

Pero, si después de cierto tiempo, las entidades financieras no obtienen respuesta del deudor, podrán recurrir a la cobranza extrajudicial. Es decir que recurrirán a un despacho de cobranza para que éste se encargue de exigir el pago de la deuda.

Esta práctica está permitida por la ley, sin embargo, desde 2020 está estipulado en el artículo 248 bis del Código Penal, que los despachos de cobranza que lleven a cabo malas prácticas, como ejercer violencia verbal o intimidatoria para exigir el pago de la deuda, pueden ser sancionados hasta con la cárcel.

Por ello, si te estás enfrentando a un despacho de cobranza, te decimos qué es lo que sí y lo que no pueden hacer.

¿Qué son y cómo funcionan los despachos de cobranza?

Los despachos de cobranza tienen el propósito de fungir como intermediarios entre las entidades financieras y los deudores, a fin de ofrecer al deudor la posibilidad de negociar y reestructurar sus créditos o préstamos.

Y, de igual manera, pueden exigir el pago de la deuda mediante tres tipos de procesos:

  • Cobranza administrativa: Si el deudor tiene menos de 90 días de atraso en el pago de su crédito, el despacho de cobranza comenzará a llamarle insistentemente para solicitar el pago.
  • Cobranza extrajudicial: A partir del día 91 de impago, el despacho seguirá intentando recuperar el dinero mediante llamadas telefónicas y visitas al domicilio del deudor. Es aquí donde pueden recurrir a amenazas y, de no conseguir el pago, iniciar un proceso legal.
  • Cobranza judicial: Si se cumplen 120 días de atraso en el pago de la deuda, el despacho de cobranza podrá recurrir a la vía judicial; es decir un juicio que podría resultar en el embargo de los bienes del deudor.

¿Cómo deben proceder los despachos de cobranza?

En México, los despachos de cobranza se encuentran regulados por la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), quien se encarga de garantizar que éstos cumplan con los ordenamientos y no actúen al margen de la ley. 

En este sentido, la entidad ha establecido las prácticas que los despachos de cobranza deben seguir al ponerse en contacto con los deudores:

  • Identificarse. El cobrador deberá presentarse e indicar el nombre o razón social del despacho para el que laboran; así como proporcionar el motivo de la llamada.
  • Actuar de forma respetuosa y amable. En todo momento, los cobradores deben tratar al deudor de forma respetuosa y amable, pues esto se estipula en el código de ética de los despachos de cobranza.
  • Convenios por escrito. Si el cobrador ofrece al deudor un acuerdo para que le sea más fácil liquidar la deuda, deberá estar por escrito para tener prueba de ello.

Asimismo, es importante que los deudores se aseguren que el despacho de cobranza que se puso en contacto con ellos esté en el Registro de Despachos de Cobranza (REDECO).

¿Qué es lo que no pueden hacer?

No obstante, algunos despachos de cobranza pueden llevar a cabo prácticas ilegales al exigir el pago de una deuda. Esto es lo que no pueden hacer: 

  • Amenazar, ofender o intimidar al deudor para que liquide su deuda, o a sus familiares, compañeros de trabajo o cualquier otra persona que no tenga relación con la deuda. 
  • Realizar llamadas, mandar mensajes o visitas personales a domicilio antes de las 7:00 am o después de las 10:00 pm.
  • Solicitar el pago a terceros, ya sean las referencias personales y beneficiarios del deudor. Sin embargo, los deudores solidarios o avales sí tienen la responsabilidad de pagar la deuda si el titular de la misma no puede hacerlo.
  • Enviar documentos que aparenten ser escritos judiciales o presentarse como representantes de algún órgano jurisdiccional o autoridad.
  • Encarcelar o embargar los bienes del deudor. Recuerda que ninguna persona puede ser encarcelada por una deuda de carácter civil con una institución crediticia, y que un embargo solo procede si antes ha habido un proceso judicial y el juez especializado lo ordena. 
  • Establecer registros especiales distintos a los que ya existen, como listas negras o anuncios que evidencien la negativa de pago del deudor.

Soy referencia de un deudor y estoy recibiendo llamadas de cobranza, ¿qué debo hacer?

Es importante recalcar que los gestores de cobranza solo tienen permitido reclamar el pago al titular de la deuda, o bien a sus deudores solidarios o sus avales. 

Ser la referencia no significa que hayas contraído el adeudo de la otra persona, pues no firmaste algún contrato que te acredite como fiador o corresponsable del adeudo. Por lo tanto, no tendrías que ser molestado, por ningún medio, por un adeudo que no te pertenece.

Así que, si este es tu caso, lo más recomendable es que levantes una queja contra el despacho de cobranza que se ponga en contacto contigo.

¿Qué debo hacer ante las malas prácticas de los despachos de cobranza?

Si has notado que el despacho de cobranza al que te enfrentas está incurriendo en malas prácticas, puedes reportarlo ante la Condusef, que tiene habilitado en el sitio del REDECO, una instancia creada específicamente para denunciar malos tratos en el cobro de una deuda. 

Para ello, es necesario ingresar a su portal web y llenar un formulario, donde deberás proporcionar los siguientes datos:

  • Sector financiero
  • Entidad financiera
  • Tipo de producto
  • Nombre del ejecutivo que realizó la mala práctica de cobranza
  • Razón de la queja 

Asimismo, en el sitio del REDECO puedes consultar toda la información sobre despachos de cobranza en México, así como un directorio actualizado de cuáles son las oficinas autorizadas para realizar este tipo de gestiones.

Quiero pagar mi deuda, pero no se cómo hacerle

Si tienes una deuda con una entidad financiera que ya no puedes pagar, es importante que encuentres una solución rápidamente para evitar que tu caso termine en un despacho de cobranza.

Una muy buena opción puede ser el recurrir a las reparadoras de crédito, cuyos especialistas te ayudarán a recuperar tu estabilidad financiera, al tiempo que se encargarán de lidiar con los gestores de cobranza.

Este tipo de empresas, como Resuelve tu Deuda, ofrecen un programa de ahorro que te permitirá reunir la cantidad de dinero necesaria para que liquides tu deuda con tus propios recursos.

De esta manera, no sólo recuperarás tu libertad financiera, sino que podrás aprender a manejar mejor tu dinero para evitar caer nuevamente en el sobreendeudamiento.