Deudas

¿Te enfrentas a un despacho de cobranza? ¡Cuidado! Esto es lo que sí y lo que no pueden hacer

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Cuando una persona le debe a algún banco, tienda departamental, o cualquier otra institución financiera, comienza a recibir llamadas y mensajes día y noche, al principio para conocer la razón del atraso en sus pagos y hasta ofrecerle diversas alternativas.

Y si después de cierto tiempo las entidades acreedoras no obtienen respuesta del deudor, las llamadas dejarán de tener un tono amable y comenzarán a amenazarlo con embargar sus bienes, meterlo a la cárcel, entre otras cosas.

A estas medidas se les conoce como cobranza extrajudicial, y se llevan a cabo mediante despachos de cobranza a los que las financieras recurren, casi siempre como última alternativa para recuperar el dinero que prestaron.

No obstante, desde 2020 está estipulado en el artículo 248 bis del Código Penal, que los despachos de cobranza que lleven a cabo estas malas prácticas, como ejercer violencia verbal o intimidatoria para exigir el pago de la deuda, pueden ser sancionados.

Por ello, si te estás enfrentando a un despacho de cobranza, te decimos qué es lo que sí y lo que no pueden hacer.

¿Qué son los despachos de cobranza?

Los despachos de cobranza funcionan como intermediarios entre las entidades financieras y los deudores, con el propósito de ofrecer al deudor la posibilidad de negociar y reestructurar los créditos o préstamos; sin embargo, también pueden exigir el pago de la deuda mediante tres tipos de procesos:

  1. Cobranza administrativa: Si el deudor tiene menos de 90 días de atraso en el pago de su crédito, el despacho de cobranza comenzará a llamarle insistentemente para solicitar el pago.
  2. Cobranza extrajudicial: A partir del día 91 de impago, el despacho seguirá intentando recuperar el dinero mediante llamadas telefónicas y visitas al domicilio del deudor. Es aquí donde pueden recurrir a amenazas y, de no conseguir el pago, iniciar un proceso legal.
  3. Cobranza judicial: Si se cumplen 120 días de atraso en el pago de la deuda, el despacho de cobranza podrá recurrir a la vía judicial; es decir un juicio que podría resultar en el embargo de los bienes del deudor.

¿Qué es la cobranza extrajudicial?

Se refiere a los mecanismos que utilizan los acreedores para reclamar el pago de una deuda, sin una orden judicial de por medio. Estas acciones pueden realizarlas las instituciones financieras directamente, o bien un tercero como los despachos de cobranza.

La cobranza extrajudicial tiene el objetivo de llegar a un acuerdo para liquidar los saldos vencidos, y así evitar llegar a instancias judiciales. Esto quiere decir que esta práctica es permitida, y es un derecho de los acreedores para reclamar el pago.

Pero es importante aclarar que las acciones que se realicen mediante la cobranza extrajudicial deben apegarse a buenas prácticas y a los lineamientos marcados en la legislación. Y, en caso de que las financieras o los despachos de cobranza recurran a acciones violentas o ilegales, pueden ser sancionadas hasta con cárcel.

¿Cómo deben proceder los despachos de cobranza?

Entre las prácticas que llevan a cabo los despachos de cobranza, esto es lo que sí pueden, y deben, hacer:

  • Identificarse. Al ponerse en contacto con el deudor, el cobrador deberá presentarse e indicar el nombre o razón social del despacho para el que laboran; así como proporcionar el motivo de la llamada.
  • Actuar de forma respetuosa y amable. En todo momento, los cobradores deben tratar al deudor de forma respetuosa y amable, pues esto se estipula en el código de ética de los despachos de cobranza.
  • Convenios por escrito. Si el cobrador ofrece al deudor un acuerdo para que le sea más fácil liquidar la deuda, deberá estar por escrito para tener prueba de ello.

Asimismo, es importante que los deudores se aseguren que el despacho de cobranza que se puso en contacto con ellos esté en el Registro de Despachos de Cobranza (REDECO).

¿Qué es lo que no pueden hacer los despachos de cobranza?

Por otro lado, algunos despachos de cobranza llegan a tomar ciertas medidas para exigir el pago de la deuda que pueden ser ilegales. Esto es lo que no pueden hacer:

  • Amenazar, ofender o intimidar al deudor para que liquide su deuda, ni a sus familiares, compañeros de trabajo o cualquier otra persona que no tenga relación con la deuda. 
  • Realizar llamadas, mandar mensajes o visitas personales a domicilio antes de las 7:00 am o después de las 10:00 pm.
  • Solicitar el pago a terceros, ya sean las referencias personales y beneficiarios del deudor. Sin embargo, los deudores solidarios o avales sí tienen la responsabilidad de pagar la deuda si el titular de la misma no puede hacerlo.
  • Enviar documentos que aparenten ser escritos judiciales o presentarse como representantes de algún órgano jurisdiccional o autoridad.
  • Encarcelar o embargar los bienes del deudor, pues nadie puede ser encarcelado por una deuda de carácter civil con una institución crediticia, y los embargos solo son legales si son ordenados por un juez, pero para ello, el deudor debe ser notificado del proceso legal en su contra. 
  • Establecer registros especiales distintos a los que ya existen, como listas negras o anuncios que evidencien la negativa de pago del deudor.

¿Qué debo hacer si soy referencia de un deudor y los despachos de cobranza me buscan?

Cabe recalcar que los gestores de cobranza solo pueden reclamar el pago al titular de la deuda, a sus deudores solidarios o sus avales. Por lo tanto, si te ofreciste como referencia, no tendrías que ser molestado ni vía telefónica ni en tu domicilio por un adeudo que no te pertenece.

Ser la referencia no significa, en ningún caso, que se haya contraído el adeudo de la otra persona, pues no se firmó algún contrato que le acredite como fiador o corresponsable del adeudo.  

Así que, si este es tu caso, lo más recomendable es que levantes una queja contra el despacho de cobranza que se ponga en contacto contigo.

¿Qué organismo regula a los despachos de cobranza?

En nuestro país, los despachos de cobranza se encuentran regulados por la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), quien también se encarga de salvaguardar los derechos de los deudores.

En ese sentido, la Condusef es la instancia encargada de garantizar que los despachos de cobranza cumplan con los ordenamientos y no actúen al margen de la ley. 

Como regulador, la Comisión ha publicado los lineamientos que los despachos deben seguir para realizar sus cobros o reestructurar créditos; estos son los más relevantes:

  • Establecer por escrito el acuerdo de pago, negociación o reestructuración de crédito; así como los nuevos términos y condiciones con las que el deudor liquidará su deuda.
  • Señalar el importe a pagar, lo que implica especificar el monto principal, los intereses y cualquier otro costo relacionado con la mora; así como si el crédito se liquida en su totalidad o parcialmente.
  • Indicar el número de cuenta de la entidad financiera a la que se realizará el pago.

Asimismo, como ya hemos señalado anteriormente, los cobradores deben identificarse con nombre, denominación o razón social del despacho de cobranza, y dirigirse con respeto hacia el deudor en todo momento.

¿Qué debo hacer ante las malas prácticas de los despachos de cobranza?

Si te enfrentas a alguna de las situaciones anteriormente descritas, puedes reportar al despacho en cuestión ante la Condusef, que tiene habilitado en el sitio del REDECO, que es una instancia creada específicamente para denunciar malos tratos en el cobro de una deuda. Para ello, es necesario ingresar a su portal web y llenar un formulario; además, el deudor deberá tener a la mano los siguientes datos:

  1. Sector financiero
  2. Entidad financiera
  3. Tipo de producto
  4. Nombre del ejecutivo que realizó la mala práctica de cobranza
  5. Razón de la queja 

Asimismo, en el sitio del REDECO puedes consultar toda la información sobre despachos de cobranza en México, así como un directorio actualizado de cuáles son las oficinas autorizadas para realizar este tipo de gestiones.

¿Y si sí quiero pagar mi deuda, pero no sé cómo hacerle?

Si ya estás recibiendo llamadas de cobro y quieres solucionar tu situación, pero no sabes cómo, la opción ideal puede ser recurrir a las reparadoras de crédito, cuyos especialistas te ayudarán a recuperar tu estabilidad financiera, al tiempo que se encargarán de lidiar con los gestores de cobranza.

Las reparadoras de crédito, como Resuelve tu Deuda, ofrecen consultoría especializada sobre cómo salir de un adeudo, a través de un programa de ahorro que te permitirá reunir cierta cantidad de dinero en un plazo de tiempo determinado, a fin de que liquides tu deuda con tus propios recursos.

De esta manera, no sólo recuperarás tu libertad financiera, sino que podrás aprender a manejar mejor tu dinero para evitar caer nuevamente en el sobreendeudamiento.